domingo, 17 de octubre de 2010

CONOCE TUS DERECHOS!

Conoce las leyes que nos amparan.

ARTICULO 87 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL:
"Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar".

DECRETO PRESIDENCIAL DE INAMOVILIDAD LABORAL:
"La inamovilidad laboral especial implica que los patronos no podrán despedir, desmejorar o trasladar a un trabajador sin justa causa desde el 1° de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010. Para poder despedir, desmejorar o trasladar justificadamente a los trabajadores, los patronos deberán obtener previamente una autorización del Inspector del Trabajo, a través de un procedimiento de calificación de despido que deberá iniciarse por ante la Inspectoría del Trabajo competente. quedan expresamente exceptuados de la inamovilidad laboral especial los trabajadores que: (i) sean de dirección y de confianza; (ii) tengan menos de tres meses al servicio de un patrono; (iii) temporeros, eventuales y ocasionales; (iv) devenguen un salario básico mensual superior a tres (3) salarios mínimos mensuales". En nuestro caso NO aplica por lo siguiente, el salario básico mensual es de 1.223,89 Bsf multiplicado por 3 salarios daría un monto de 3.671,67 Bsf. y nuestro salario básico mensual es inferior al que la ley indica.

ARTICULO 44 DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
"El delegado o delegada de prevención no podrá ser despedido, trasladado o desmejorado en sus condiciones de trabajo, a partir del momento de su elección y hasta (3) meses después de vencido el termino para el cual fue elegido o elegida, sin justa causa previamente calificada por el inspector del trabajo, en concordancia con la ley orgánica del trabajo".

"Un pueblo ignorante es el instrumento ciego de su propia destrucción"
Simón Bolívar

19 comentarios:

Anónimo dijo...

ESTIMADOS COMPAÑEROS COMPATRIOTAS TRABAJADORES TODOS.ES MUY FACIL HABLAR DE EXPROPIACIONES Y DE LAS PARTICULARIDADES MUY PROPIAS DE LAS MEJORAS O DESMEJORAS CUANDO DEL GOBIERNO SE TRATA, PERO SI SE DAN CUENTA LES SINDICALISTAS DE LA CERVECERIA REGIONAL LES HAN EXPROPIADO LOS SALARIOS, PRESTACIONES, EL DERECHO AL TRABAJO COMO DERECHO HUMANO, LA DIGNIDAD LABORAL Y TODOS SUS BENEFICIOS SOCIALES, LEGALES, CONTRACTUALES Y CONTITUCIONALES, MOTIVO POR EL CUAL NO VALE LA PENA LABORAR EN ESTE CENTRO DE EXPLOTACION EN EL QUE SOLO SE BENEFICIA LA EMPRESA Y LOS SINDICALISTAS CORRUPTOS. QUE ALGUIEN ME DIGA QUE ESTO NO ES CIERTO!.. ¿QUE NOMBRE TIENE EL HECHO DE QUE LOS TRABAJADORES HAN EMPEÑADO SU DERECHO A LOS PRESTAMOS DEL FONDO DE AHORRO Y ADELANTO DE PRESTACIONES EN EL QUE SE LE COBRAN VACUNAS O PORCENTAJE POR APROVACION Y TRAMITE DE ESTOS?

Anónimo dijo...

Los principios son las reglas fundamentales que orientan el comportamiento de las organizaciones. Si se rompen o no se cumplen, la organización pierde su identidad y se debilita; entonces, cada vez le es más difícil lograr sus objetivos. De esa forma, pierde credibilidad ante los trabajadores y trabajadoras y ante la sociedad.
Existen principios
fundamentales que todo sindicato y sindica-lista deben respetar. Podemos enunciarlos de la siguiente manera:

El sindicato debe ser:
justo
autonomo
Libre
Independiente
Democrático
Participativo
Unitario
Responsable
Realista
Solidario
los directivos deben ser trabajadores modelos (trabajar)
Buan padre, hijo, esposo y amigo y honesto.
M. Guerrero

Anónimo dijo...

La permanente democratización sindical:

El respetoa los Derechos Humanos es una de las luchas más importantes que los trabajadores pueden realizar desde sus organizaciones sindicales. El reconocimiento de los derechos de libre asociación, de pensamientoy de expresión implica luchar por la democratización de sus países. También es importante que los sindicatos participen en la vida política de las naciones, para vigilar y supervisar que los gobiernos sean justos en sus políticas económicas y sociales.

Es importante que los trabajadores y trabajadoras participen y ejerzan control sobre aquellas decisiones que les afectan directa o indirectamente, tanto a nivel de la sociedady del Estado, como también al interior de sus mismas

organizaciones. Así, la lucha por la democratización también debe darse dentro de los sindicatos. Sólo practicando la democraciaa lo interno de las organizaciones se fortalecerán las bases democráticas de la sociedad entera. Esto es especialmente importante para las trabajadoras y los jóvenes.

Es muy importante promover y posibilitar la participación directa de las mujeres y jóvenes dentro de la organización sindical; el estímulo a esta participación democrática como delegadas, afiliadas, o formando parte de las directivas, garantiza que las decisiones del sindicato correspondan a un mayor grado de consenso.

M. Guerrero

Anónimo dijo...

Principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales: Este importante principio supone la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el Derecho del Trabajo en beneficio propio. El ordenamiento jurídico laboral se aleja nuevamente de los criterios civilistas, que recogen los principios contrarios, de la renunciabilidad de los derechos y de la autonomía de la voluntad
http://www.scribd.com/doc/2421733/PRINCIPIOS-DEL-DERECHO-DEL-TRABAJO
M. Guerrero el petroquimico para los que tengan dudas.

Anónimo dijo...

Principio de igualdad de trato: El principio de igualdad ante la ley puede formularse como "el sometimiento de todas las personas a un mismo estatuto jurídico fundamental para el ejercicio de su derechos y para el cumplimiento de sus deberes."

- Principio de no discriminación: El principio de no discriminación está estrechamente vinculado al principio de igualdad, toda vez que él asegura la plena vigencia del principio de la igualdad al excluir o prohibir toda diferenciación, preferencia o exclusión que se fundamente en criterios objetivos y razonables.

- Principio de la buena fe: En su concepción objetiva, el principio de la buena fe "conlleva un modelo de conducta social que la ley exige a las personas conforme a un imperativo ético dado, dentro del marco de la relación contractual." Dicho de otra forma, a través de este principio general se "impone un modelo o arquetipo de conducta social basado en la rectitud y honradez.

Anónimo dijo...

cualquier parecido a la cituacion en Cerveceria Regional es solo coincidencia.
La Organización Mundial de la Salud -OMS- estima que una de cada seis personas enferma por maltrato en el trabajo. Los datos de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- son alarmantes: en Suecia el denominado mobbing -término que significa horda o plebe y también violencia laboral- es responsable del 15% de los suicidios. En Inglaterra el 53% de los empleados padece acoso psicológico.

En tanto, en Finlandia, el 40% de los empleados municipales sufrieron coacciones. En los países “en desarrollo”, como llaman a los de América latina, por ejemplo, no hay estadísticas. Sin embargo se sabe que el problema crece con la precarización laboral y la falta de oportunidades.

Según la tercera -y reciente- edición del informe de la OIT “Violencia en el trabajo”, una encuesta realizada en 2002 en Alemania permitió estimar que más de 800.000 trabajadores eran víctimas de mobbing, y en España, cerca de 22% de los funcionarios públicos sufría violencia laboral. El estudio asegura además, que en los países en desarrollo las mujeres, los migrantes y los niños están entre los trabajadores más vulnerables.

Anónimo dijo...

la violencia laboral de cerveceria ragional no tiene nada que ver con esto?.ojo
“La violencia en el trabajo es una epidemia. Desde la salud pública se dice que va a causar más enfermedades y muertes que las patologías infecciosas”, señaló la psiquiatra Elsa Wolfberg, presidenta honoraria de Psiquiatría Preventiva de la Asociación Psicoanalítica Argentina.

En los años 80, el psicólogo Heinz Lehimann describió al mobbing como la violencia sufrida en el trabajo durante seis meses o más. No se trata de casos aislados sino de un proceso continuo. “El mobbing puede ir desde agresiones manifiestas, ya sea verbales -desacreditando al sujeto, burlándose de él, de su pelo, de su religión, de su vestimenta, ridiculizándolo, descalificándolo-, hasta formas más sutiles, como no hablarle, no darle trabajo, hablar a esa persona pero mirar a otra... Puede ser desde violencias groseras hasta crueldades muy refinadas”, dijo Wolfberg, que es también docente en Psiquiatría de la UBA. Otra de las situaciones típicas es asignarle al sujeto tareas por debajo de sus capacidades, hacerlo sentir inútil.

Anónimo dijo...

Esfuerzo vs. recompensa

Según explicó la psiquiatra Elsa Wolfberg, de la Asociación Psicoanalítica Argentina, la violencia por acción ocurre -además del mobbing- cuando existe sobrecarga de trabajo, y es una situación de violencia solapada. La inestabilidad laboral también es una violencia por acción, y si bien la gente naturaliza esta situación, no es normal.

Por otra parte, la desproporción entre esfuerzo y recompensa también es violencia laboral y una fuente de patologías psicosomáticas. En esta línea, relató que existen varias investigaciones que dan cuenta de que cuando existe una desproporción entre premio y esfuerzo aparece el estrés laboral y la vulnerabilidad cardiovascular asociada, donde la frecuencia de riesgo coronario aumenta entre una y cuatro veces.
las largas y extenuanyes jornadas de trabajo al que se obliga al trabajador en cerveceria rigional no tiene nada que ver con esto?!?!?!?

Anónimo dijo...

Por sordina u omisión

La “violencia por sordina” se da cuando quien la vive no reconoce el problema, rezonga un poco en los pasillos pero no hace nada para modificarlo. Según Wolfberg, también existen las violencias por omisión, que corren cuando no se reconocen las leyes que protegen a los trabajadores, como la ley de Riesgos del Trabajo, y la de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Consultar a un abogado

La persona que sufre violencia laboral debe consultar a un abogado. Tiene que saber que hay leyes que lo protegen.

“Hay niveles de prevención: si la persona se siente muy mal debe pedir ayuda psicológica, no abandonarse, hacer algún tipo de actividad corporal, porque lo que ocurre es que el individuo tiende a desconectarse de sí mismo, de su cuerpo, de sus necesidades. Esto le sucede porque al estar muy enganchado con lo que le exigen y con el hostigamiento, deja de cuidarse, se abandona a sí mismo”.

Anónimo dijo...

En CERVECERIA REGIONAL no hay violencia hacia el trabajador se utiliza el terrorismo pero somos culpables por no tener valor para enfrentarlo.Compañeros el guapo se alza hasta que el cobarde decida

Anónimo dijo...

En Derecho laboral, se conoce como principio de irrenunciabilidad de derechos a aquel que limita la autonomía de la voluntad para ciertos casos específicos relacionados con los contratos individuales de trabajo.

Bajo este principio, el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de las garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio. Lo que sea renunciado está viciado de nulidad absoluta. La autonomía de la voluntad no tiene ámbito de acción para los derechos irrenunciables. Esto evidencia que el principio de la autonomía de la voluntad de Derecho privado se ve severamente limitado en el Derecho laboral. Así, un trabajador no puede renunciar al derecho legitimo al trabajo "NO ASEPTAMOS SER DESPEDIDOS DE MANERA INJUSTA"

Anónimo dijo...

Pronto tendran sus respuestas se esta haciendo un seguimiento desde el fondo a este asunto. OMAR PRIETO. L

Anónimo dijo...

En Derecho laboral, se conoce como el principio de continuidad laboral, a aquel principio que instruye al juez, ante duda, estimar la duración del contrato individual de trabajo en la mayor extensión posible según los hechos y la realidad demostrada.

La naturaleza jurídica del principio se basa en que normalmente el trabajo es la principal fuente de ingreso económico de trabajo, por lo que el contrato debe considerarse lo más extenso posible dentro, para así beneficiar al trabajador en la consolidación de situación jurídicas relacionadas con el trabajo.

Anónimo dijo...

Por Decreto del Presidente de la República Nº 7.154, de fecha 23 de Diciembre de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.334, de fecha: 23 de Diciembre de 2009, ha sido extendida la inamovilidad laboral, decretada a favor de los trabajadores, del sector público y del sector privado, desde el 1° de Enero hasta el 31 de Diciembre, de 2010.

Así, los trabajadores amparados por el aludido Decreto de inamovilidad laboral, no pueden ser despedidos, trasladados, ni desmejorados, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo de su jurisdicción, de acuerdo al procedimiento previsto por el artículo 453 de la Ley Orgánica del Trabajo. El incumplimiento por parte del patrono a la inamovilidad prevista en el Decreto, da derecho al trabajador a solicitar su reenganche y pago de salarios caídos ante la Inspectoría del Trabajo correspondiente, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 454 de dicha Ley. Por disposición del indicado Decreto, los Inspectores del Trabajo tramitarán con preferencia los procedimientos derivados de la inamovilidad laboral especial, en virtud de su carácter excepcional y transitorio.

Anónimo dijo...

He aqui los resultados de las pasadas elecciones por no enfertar el miedo siguiremos esperando cuantos conpañeros mas saldran despedidos. CERVERCERIA REGIONAL esta incurriendo en un delito ya esto es un despido masivo.LA Directiva del sindicato amenazo y esta cumpliendo como hicieron mension en un comentario pasado quitense ese bozal de arepas de la cara, esto no se trata de que si me votan no como, compañeros esto se trata de hacer respetar nuertra dignidad como seres humanos

Anónimo dijo...

compañeros segun pechito y q hay 30 mas votados..!!!ah y tambien tienen gente comprada en el ministrio del trabajo,lo dijo el toco..!!asi q hagan algo y rapido...!!!firma .,.,.,.,lacoma

Anónimo dijo...

Companeros llego la hora de los cojones! quien quiera acompañarnos en esta lucha NO FIRME! La empresa se la esta jugando toda por mantener esta directiva sindical que la tiene a su total merced, las razones ya la sabemos todos. Esta directiva sindical esta arrodillada al patrono y no defiende a los trabajadores, para muestra lo que hoy en día esta pasando, despidos injustificados, por reclamar lo que nos corresponde, por no ser participes de tanta sinverguenzura! ...pero llego la hora companeros! Pensemos y veamos mas allá del sueldo de los jueves, vamos a demostrarle a nuestros hijos que tienen padres con ideales y dignidad, demostremosle a nuestras esposas que duermen con hombres y no con cagaos que se dejan pisotear por unos corruptos que no piensan en nada en nuestras familias. Seguro ellos se van a sentir orgullosos de nosotros cuando les digamos "yo me levante, yo luche y vencimos!". Esta gente puede decir cualquier cosa y tienen el poder para ejecutarlas pero también nosotros tenemos nuestras armas de lucha y no tengan la menor duda que las vamos a utilizar, la carta que tenemos debajo de la manga puede ser mas poderosa que el dinero pero solo si la jugamos UNIDOS. Llego la hora trabajador de cervecería regional, llego la hora!

PROYECTO 2011

Anónimo dijo...

Los trabajadores de cerveceria regional deben entender que el derecho al trabajo es la base para una vida digna. Significa que todas las personas deben tener la posibilidad de ganarse la vida con el trabajo que elijan, y condiciones de trabajo seguras y saludables que no sean degradantes de la dignidad humana. los pricipios y valores del ser humano predominan ante el maltrato de la empresa y mas aun del maltrato de algunos directivos sindicales.

Anónimo dijo...

Los derechos sindicales no son obra de la naturaleza, ni el fruto de la espontaneidad, ni han sido ofertados por los Estados, ni los patrones. Han sido conquistas alcanzadas por los trabajadores y sus organizaciones representativas, a través de difíciles luchas, sufrimientos y sacrificios.

Los derechos sindicales son universales, inalienables y les pertenecen a todos los trabajadores.
el principio de pureza sindical se ha roto con las malas practicas de algunos seudodireigentes.